miércoles, 9 de junio de 2010

Celulares: la empresa Claro no podrá aumentar la tarifa en Chubut


Domingo, 06 de Junio de 2010 16:01

La disposición del organismo provincial señala que la firma “Claro” incrementó en cinco pesos el costo del servicio sin haberlo informado fehacientemente a sus clientes. Aumento, que también vendría a alterar las condiciones en que el servicio fuera pactado por los usuarios, violando, de esta manera, los términos del artículo 19º de la ley 24.240. Por lo que se le intima a la empresa a presentar prueba suficiente que justifique la imposición de este cargo, y que acredite que no constituye una alteración de las condiciones y modalidades del servicio que brinda. Además, la Dirección General de Defensa del Consumidor provincial informó en forma reiterada y por todos los medios existentes en la provincia, que el deber de informar es uno de los pilares del derecho de los consumidores. Resaltando siempre, el derecho que los usuarios tienen a recibir información clara, cierta y detallada de las características esenciales de los bienes y servicios que adquieren tiene grado constitucional. Así lo dispone la Constitución Nacional en su artículo 42, y la Constitución de la Provincia del Chubut en su artículo 33. Y, en concordancia con esas normas de rango superior, lo ratifica el artículo 4º de la Ley 24240. Por lo tanto, la firma Claro AMX Argentina S.A., deberá determinar con exactitud, si los clientes actuales, o potenciales indeterminados fueron correctamente informados acerca de este denominado ‘cargo por factura impresa’ que asciende a 5 pesos. Asimismo, la empresa de telefonía celular deberá explicar en qué consiste ese cargo impuesto a los usuarios de ese servicio. Si así no lo hiciere, es factible de sumarle una nueva culpa por la presunta infracción del artículo 4º de la ley 24.240. Por último, la Dirección General de Defensa y Protección de Consumidores y Usuarios del Chubut, en carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley Nacional de Defensa del Consumidor, obliga a la empresa Claro AMX Argentina S.A., a que cese su conducta de inmediato, suspendiendo la imposición de ese cargo de 5 pesos en todo el territorio te la provincia del Chubut, hasta tanto quede concluido este procedimiento de manera definitiva.#